Ingrese sus palabras clave de búsqueda y presione Entrar.

Renegociaciones aumentan 1.100% en Biobío al primer trimestre

Mientras quiebras de personas y bajan un 30% y 6%, respectivamente.

Según estadísticas oficiales de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir), sobre los procedimientos concursales, dan cuenta que las renegociaciones pasaron de 2 a 24 en los primeros cinco meses del año en la comparación interanual, esto es, un aumento de 1.100%, abarcando el 9% de este tipo de acción a nivel nacional.

Asimismo, esta dinámica va acompañada de una disminución en los procedimientos de liquidación (quiebra), tanto de personas deudoras (caen un 29,7%), como de empresas (-6%) en la comparación 2022/2023.

Modernización de la Ley de Insolvencia entra en vigencia en agosto

En agosto comienza a operar la modernización de la Ley de Insolvencia, recordó el Coordinador de la Superir Biobío, Javier Ramos.

“La modificación a la Ley 20.720 fue bastante profunda con más de 140 artículos, pero lo más importante es que el 11 de agosto la Nueva Ley de Insolvencia entrará en vigencia, y dispondrá de procedimientos simplificados para que micro y pequeñas empresas puedan acceder y encontrar legales a situaciones de crisis financiera, también las personas naturales que emiten boletas de honorarios podrán acceder a la Renegociación gratuita de deudas ante la Superir”.

Referente al Procedimiento de Renegociación, Ramos destacó que, efectivamente, este trámite que es gratuito y administrativo y que les permite a las personas naturales ordenar sus deudas con mejores condiciones de pago, tendrá un cambio importante: se elimina el requisito que hoy impide a quienes emiten boletas de honorarios acceder a este procedimiento.

“Hasta hoy los contribuyentes de segunda categoría son considerados “empresas” por la actual Ley N°20.720 y eso genera que, en caso de insolvencia, tengan como única vía la Liquidación de Empresa deudora, porque una Reorganización es muy costosa para este tipo de . Por tanto, cuando la modernización de la Ley esté vigente, los emisores de boletas de honorarios van a poder optar como primera opción por una Renegociación, con todos los beneficios que este procedimiento conlleva”.

En lo que respecta a la Liquidación y a la Reorganización, el Coordinador añadió que se crearán versiones simplificadas de estos procedimientos, con foco en las MiPymes y en las personas naturales. Esto implica primero que existirán liquidadores y veedores especializados únicamente en estos procedimientos simplificados, lo que nos permitirá bajar costos, facilitar el acceso y tener procesos más ágiles, explicó Javier Ramos.

“La Reorganización es beneficiosa, pues incrementa la tasa de recuperación de , preserva y evita el corte de cadenas de suministro. Por los altos costos de los procedimientos de Reorganización la actualizada normativa estableció medidas para promover que las MIPEs que son viables se acojan a este procedimiento simplificado y así continúen con sus actividades económicas”.

Además, se moderniza la legislación concursal actual, a través de una batería importante de medidas que tienen por objeto disminuir la pérdida social y económica de la sociedad a través de una reasignación eficiente de los recursos, haciéndose cargo de las empresas que dejan de ser viables; agilizar y simplificar aspectos burocráticos de los procedimientos concursales actuales, y crear procedimientos concursales simplificados de rápida tramitación y de bajos costos de administración para personas, micro y pequeñas empresas.

También, se incrementan las tasas de recuperación de créditos promoviendo las reorganizaciones por sobre las liquidaciones; y entregar mayor certeza jurídica sobre créditos cuya naturaleza amerita un tratamiento especial, estableciendo ciertas excepciones a la extinción automática de obligaciones por el término del procedimiento. 

Desincentiva además la utilización maliciosa de los procedimientos concursales, sostuvo el Coordinador Regional de la Superir Biobío, Javier Ramos.