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Un 75% de las empresas desconoce extensión de la garantía legal

  • En 2021 el Sernac recibió 37.500 reclamos por este ítem y en lo que va de 2022 suman 22.000, por lo que la repartición llamó a las empresas a cambiar de conducta, e informar que desde el 24 de marzo plazo se extendió de tres a seis meses.

 

La garantía legal aplicable a todo consumidor que compra un bien se extendió, a partir del 24 de marzo pasado, de tres a seis meses, pero el detectó que un 75% de 150 empresas de comercio electrónico fiscalizadas no estaba informando de este importante cambio.

El tema es recurrente, más allá de la actualización de la del Consumidor, ya que los problemas derivados con el ejercicio al derecho a la garantía legal es uno de los motivos por los cuales los consumidores más reclaman ante el Sernac. De hecho, durante el año 2021 el recibió 37.530 reclamos, mientras que en lo que va de este 2022, ya suma más de 21.880 casos. 

Los problemas más habituales se refieren a la negativa por parte de las empresas a devolver el ; seguido por no realizar el cambio del producto.

El director regional del Sernac. Juan Pablo Pinto, llamó a los consumidores a denunciar ante el Servicio cuando detecten que una empresa no está informando debidamente, o derechamente no está respetando la garantía legal, e instó a las empresas a mejorar sus conductas.

“Han pasado tres meses, un plazo prudente para que las entidades actualicen la información que disponen en sus respectivas páginas o portales web”, enfatizó Pinto, quien recordó que la garantía legal se aplica cuando un producto está defectuoso, entendiéndose que es una falla de origen y no provocada por el consumidor. Asimismo, cuando se detecta información errónea o confusa que se traduce, en definitiva, que el producto en cuestión no sirve para el fin para el cual fe comprado, explicó Juan Pablo Pinto.

El abogado al mando de la repartición de Biobío fue claro al explicar que son seis meses el pazo para hacer uso de la garantía legal y que la Ley ofrece tres opciones para el consumidor: el cambio del producto, la reparación o la devolución del dinero.

“La empresa no puede imponer una u otra opción, ni inducir al cliente a que opte por una en particular. Pese a eso, detectamos que muchas veces esto no se cumple a cabalidad, de ahí el llamado a las personas que tengan claro este punto y ejerzan su derecho, así como denunciar ante nosotros al detectar situaciones anómalas”.

 

A considerar

El plazo de la garantía legal se cuenta desde la compra del producto, en el caso de la venta presencial; o desde la recepción si fue adquirido por medios electrónicos.

La Ley también establece que las empresas deberán informar de este derecho en cada uno de sus locales, tiendas, sitios web u otros canales de venta.

Algunos como los electrodomésticos, podrían requerir una revisión en el servicio técnico para verificar el origen de la falla, pero cumplido ese trámite, los consumidores tienen derecho al cambio, la reparación o la devolución de lo pagado, a su elección si es que el defecto no fue de su responsabilidad.

Además, la nueva ley contempla que las garantías voluntarias de las empresas no pueden afectar el plazo y las opciones de la garantía legal; y también prohíbe que los proveedores ofrezcan productos, servicios o pólizas, por ejemplo, una garantía extendida que cubran en todo o parte obligaciones de la garantía legal.

Con la nueva Ley, las empresas no pueden establecer restricciones al ejercicio de los seis meses de garantía legal argumentando la existencia de una garantía voluntaria, definiéndose esta por aquella en que la empresa ofrece un plazo superior a la garantía legal, con ciertas condiciones como puede ser sólo la reparación.