La Confederación de la Producción y del Comercio (CPC), la Cámara Nacional de Comercio (CNC), la Sociedad de Fomento Fabril (Sofofa) y la Cámara Chilena de la Construcción (CChC) presentaron sus respectivos recursos de reconsideración dirigidos al director del Trabajo. Cada uno a cargo de distintos abogados especializados en la materia.
El objetivo de dichos recursos es pedir una aclaración del dictamen emitido por la Dirección del Trabajo (DT) que restringe la posibilidad de que trabajadores y empleadores puedan pactar que el trabajador quede exento de tener que someterse al control de horario.
Cabe recordar que, en el marco de la implementación de la ley que reduce la jornada laboral a 40 horas, el 6 de febrero pasado la DT se pronunció a través del Dictamen N°84/04 respecto de la aplicación del inciso 2° del artículo 22 del Código del Trabajo. Este establece quiénes están excluidos de la limitación de la jornada de trabajo, dada la naturaleza de sus funciones.
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Preocupaciones de las Empresas
Sin embargo, en su dictamen, la autoridad fiscalizadora señala que, en la medida que exista la posibilidad de registrar la asistencia por cualquier medio, en especial los digitales, sería suficiente antecedente para considerarse como trabajador con jornada. Dejando este derecho sometido a un asunto tecnológico y no a la naturaleza de la función.
El dictamen ha generado preocupación en empresas de distintos rubros, tamaños y ubicaciones geográficas. Pasaría a llevar el derecho a no tener horarios específicos que hoy tienen quienes lo han pactado con su empleador, porque se ajusta a la forma como ejecutan su trabajo y a las necesidades tanto de los trabajadores como de las empresas. La exención de control obligatorio está dada por la naturaleza de las funciones y las responsabilidades que de ellas emanan. Impedir dicha flexibilidad afectaría tanto a las personas como al funcionamiento y productividad empresarial.
La realidad del mundo laboral deja en evidencia que las personas quieren empleos más flexibles. Trabajar desde sus casas y poder conciliar familia y trabajo; todo de común acuerdo con el empleador. Pero el dictamen va en el sentido contrario: restringe la libertad y la posibilidad de acuerdos. No reconoce la realidad de un mundo del trabajo moderno, tecnologizado, diverso y flexible.
Origen de la Ley de Reducción de Jornada
La ley que reduce la jornada de trabajo a 40 horas tuvo su origen en un acuerdo alcanzado entre la CPC y las centrales de trabajadores, buscando favorecer la calidad de vida de las personas y la productividad. Luego, los gremios empresariales aportamos a la discusión que se llevó a cabo en el Congreso. Siempre buscando que en el espíritu de la ley se incluyeran la gradualidad y la flexibilidad. Esto se logró en una buena medida.
Por lo tanto, nos parece fundamental mantener los principios que están en el origen de la normativa, acordada transversalmente desde el punto de vista político y social. Como son la flexibilidad y las relaciones laborales construidas sobre la base de la confianza y el diálogo entre las partes.