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Este año se aplicará por primera vez el procedimiento de retención para los deudores de pensiones de alimentos, de acuerdo con lo establecido en la Ley 21.389.
La Tesorería General de la República y el Servicio de Impuestos Internos informaron que el 20 de abril próximo efectuará la primera devolución de renta a los contribuyentes que entreguen su declaración anual de impuestos entre el 1 y el 8 del mismo mes. De este modo adelantará el pago en 21 días, respecto de la Operación Renta del año pasado.
“Con este adelanto, estamos haciendo un nuevo esfuerzo operativo para cumplir oportunamente con las expectativas de la ciudadanía que espera su devolución de impuestos, además de ayudar a las y los contribuyentes a enfrentar sus gastos”, subrayó el Tesorero General de la República, Hernán Nobizelli. La autoridad aclaró que para que la devolución se lleve a cabo correctamente, dentro de este plazo, los y las contribuyentes deben incluir con precisión en el formulario de declaración (22), los datos de la cuenta bancaria a la cual TGR realizará la transferencia en línea.
El personero recordó que en la Operación Renta del año pasado, el 97% de las devoluciones se realizaron mediante transferencias en línea a las cuentas bancarias de las y los contribuyentes, con un total de 2.556.917 operaciones. Agregó que el 2% de las devoluciones se hizo mediante cheque y sólo el 1% por pago cash en las cajas de BancoEstado.
El calendario de devoluciones de renta 2023, se entregó en conferencia conjunta encabezada por el Tesorero y el director del Servicio de Impuestos Internos (SII), Hernán Frigolett.
Después de las primeras devoluciones previstas para el 20 de abril, las próximas fechas de pago son el 15 de mayo, para quienes entreguen su declaración entre el 9 y el 27 de abril; y la siguiente se hará el 29 de mayo, para las y los contribuyentes que hagan su declaración entre el 28 de abril y el 10 de mayo.
Deudores/as de pensiones de alimentos
Hernán Nobizelli informó que en la Operación Renta 2023, se aplicará por primera vez el procedimiento de retención para las y los deudores de pensiones de alimentos, de acuerdo con lo establecido en la Ley 21.389, que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos.
Explicó que este es un registro digital que administra el Servicio de Registro Civil e Identificación, que de acuerdo con la citada Ley, debe ser consultado por TGR antes de proceder a la devolución de renta.
“En los casos en que aparezca un o una contribuyente deudor/a de pensión alimenticia en este registro, la TGR procederá a efectuar la retención correspondiente e instruirá el pago de la suma retenida a la madre, padre, tutora o tutor del/la menor de edad, que tenga derecho a pensión alimenticia”, agregó.
Respecto de las retenciones y/o compensaciones aplicadas en la Operación Renta del año pasado, Nobizelli señaló que alcanzaron a 443.904. Destacó que la mayor parte de las retenciones, se hizo a deudores del crédito universitario con y sin garantía estatal (96.738); deudas con instituciones de salud (57.849) y deudas previsionales judicializadas (41.674).