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Megafraude por $240 mil millones tenía clanes en 10 regiones

Expertos  dicen que las conductas delictivas hayan sido ejecutadas en distintos lugares del y por más de un centenar de sociedades, dificulta el develamiento de los delitos y la persecución de los mismos.

Marcelo Freyhoffer, subdirector jurídico del Servicio de Impuestos Internos () explicó que «desde el 2016 se comenzó a detectar una serie de situaciones muy irregulares de defraudación en el ámbito tributario vinculado con una serie de empresas relacionadas y que significaron interponer nueve querellas» en relación al caso que derivó en la detención de 55 personas en varias regiones del país. Lo anterior producto de una investigación por cerca de 100 mil facturas falsas entre 2016 y 2022, y que habrían generado un perjuicio fiscal cercano a los $240 mil millones, según citó Emol.

Los detenidos fueron formalizados por delitos tributarios, asociación ilícita, lavado de activos y declaración maliciosamente falsa en la exportación.

Explicó, además, que existió una masiva creación de empresas «con el solo hecho de defraudar al fisco con facturas falsas, utilizadas por una serie de contribuyentes para pagar menos impuestos». Producto de ello, el SII fue interponiendo una serie de acciones penales, la más importante en 2022 por un supuesto fraude que alcanzó los $58 mil millones. También detalló que las empresas involucradas estaban vinculadas a diversos rubros, como servicios o . «Una de las más importantes tenía que ver con la exportación de celulares usados que no estaban en buen estado para obtener devolución del IVA», acotó al medio electrónico.

Creación de empresa

Diego Messen socio Moraga y Cía, comentó que “en general, el modus operandi o la forma de gestar este tipo de delitos es mediante la creación de una empresa, ya sea ficticia o existente, y que ésta, aunque no desarrolle ciertas operaciones, emita documentos que den cuenta de una determinada compra venta, operación o exportación, con el objeto de defraudar al fisco. La forma de operar es que no se condice la materialidad que el documento señala con la operación propiamente tal, por lo que se estaría disfrazando una situación tributaria al respecto”. 

“El delito de facturas ideológicamente falsas, dice relación no con la falsedad material del documento sino con su contenido, esto es que la operación que subyace a aquella sea de carácter irreal, esto se realiza generalmente para aumentar crédito fiscales, IVA, para aumentar gastos o recrear una situación irreal tributaria, con el objeto de defraudar el arca fiscal, por lo tanto, si bien es cierto que uno puede estar en presencia de un documento verdadero, lo que se persigue con el delito de falses ideológica es que el contenido no esté sostenido por una operación real”, sumó

Mientras que Álvaro Moraga, abogado, académico y socio de Moraga CIA, señaló que son múltiples factores para que se generara un fraude tributario con tantas personas involucradas. “Si bien el delito es consustancial al ser humano, el desarrollo tecnológico conlleva un espejo en lo delictivo. Por eso es que la modernización del Estado es vital. En Hacienda para fiscalizar en terreno; en el Ministerio Público para capacitarse y entender la complejidad de estos carteles; y en el Congreso, para generar leyes que entreguen las herramientas acordes a estos tiempos, con penas suficientemente disuasivas”, planteó.

Agregó que la nueva busca fundamentalmente cárcel efectiva para los delitos de fraude económico. En este caso, por el monto y la asociación ilícita, igualmente se llegará a penas en los rangos más altos de nuestro sistema.

Siete “clanes”

A su vez, Estephania Aguayo Araya, abogada senior de Cabello Abogados, manifestó que según información develada, los delitos fueron perpetrados por 7 “clanes” que, si bien operaban conjuntamente, tenían más de un centenar de sociedades, diseminadas a lo largo del país en distintas regiones (Región de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana, Maule, Biobío, Araucanía y Los Lagos), lo que finalmente determinó el allanamiento de 83 domicilios y la detención de 55 personas.

“El hecho que las conductas delictivas hayan sido ejecutadas en distintos lugares del país y por más de un centenar de sociedades, es decir, por más de un centenar de contribuyentes distintos, con domicilio en diferentes jurisdicciones del país, dificulta el develamiento de los delitos y la persecución de los mismos. El monto total defraudado en la operación (240 mil millones) corresponde efectivamente al mayor fraude tributario del que se haya tenido conocimiento hasta la fecha, no obstante, este fraude no fue ejecutado por intermedio de una sola empresa o entidad, sino por intermedio de una serie de sociedades, sujetas a la jurisdicción de distintas regionales del SII del país”, apreció. 

Por ende, dijo que la forma como se planeó la ejecución de los delitos, considerando el número de personas y sociedades involucradas, es lo que facilitó la ejecución de los mismos. Al haber mayor cantidad de sociedades involucradas, el monto defraudado por cada entidad es menor, lo que hace que la operación sea menos llamativa.

Sobre si el SII falló en la fiscalización, la profesional indicó que las conductas venían perpetrándose desde el año 2015, de este modo, “estamos hablando de delitos que fueron ejecutados por aproximadamente 8 años sin que hayan sido advertidos, y que ahora han detonado en querellas tanto por parte del SII como de Aduanas. El develamiento de este tipo de conductas pone de manifiesto la relevancia de avanzar principalmente en dos líneas: mejorar mecanismos de control (tanto en lo que respecta al SII como Aduanas) y mejoramiento de mecanismos de fiscalización. El objetivo debiese ser siempre la prevención de las conductas delictivas, lo que implica necesariamente una reforma de la legal actual, a fin de dotar a las instituciones correspondientes de los recursos necesarios para prevenir conductas delictivas y fomentar el cumplimiento por parte de los contribuyentes.  Se deben impulsar medidas tendientes a evitar la evasión y elusión tributaria”.