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Alianza entre Sernac y Superir optimizaría atención al consumidor

Firmaron convenio que busca mejorar los mecanismos de ayuda según sus respectivas competencias.

El Servicio Nacional del Consumidor () y la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) firmaron un convenio de colaboración que permitirá facilitar una serie de gestiones que beneficiarán a las y los consumidores que recurren a ambas instituciones, entre ellas, una tramitación coordinada y más expedita de los reclamos.

La directora(s) del Sernac en Biobío, Paulina Cid, sostuvo que esto busca mejorar los mecanismos de atención a los usuarios en relación a dudas y consultas de competencia de cada una de las reparticiones estatales.

“Por ejemplo, el Sernac ve temas relacionados con el consumo y los proveedores, y la Superir ve asuntos relacionados a que se acogen a procedimientos de liquidación (quiebra), que es cuando puede ser provechoso este convenio, dado que pueden surgir dudas respectos a la situación en que quedan los consumidores ante esta situación”, ejemplificó Paulina Cid.

Para conocer los detalles y alcances de este acuerdo www.tradenews.cl consultó al Coordinador regional de la Superir en Biobío, Javier Ramos. 

-¿En qué consiste el convenio?

-Este acuerdo compromete a ambas instituciones a una serie de gestiones que facilitarán la tramitación de los reclamos recibidos de parte de los consumidores.

Además, mediante este convenio, el Sernac compartirá información de procedimientos extrajudiciales y judiciales que podrían tener injerencia en las acciones que puede realizar la Superir.

Ambas instituciones se comprometen a compartir mutuamente resultados de fiscalizaciones sobre mercados o agentes regulados.

Asimismo, el convenio establece que ambas partes se comprometen a elaborar y compartir materiales educativos e información en materia de educación para el consumo y también de educación financiera en temas de insolvencia, considerando en esto los procedimientos concursales de renegociación, reorganización y liquidación de empresas y personas, potenciando mutuamente los programas desarrollados por ambas instituciones.

Además, la Superir capacitará a los funcionarios del Ssernac a nivel nacional en aspectos de la de Reorganización y Liquidación de activos de Empresas y Personas; mientras que el Servicio hará lo propio respecto de la .

-¿Cuáles son sus alcances?

-Este convenio tiene una serie de alcances, siendo uno de los principales el fortalecimiento de la interoperabilidad de los sistemas de registro y derivación de casos, lo que permitirá que internamente las instituciones remitan a su contraparte aquellos reclamos que son de su competencia.

Por ejemplo, el Sernac podría derivar a la Superir aquellos casos recibidos en contra de empresas que se encuentren en proceso de liquidación. En el caso de la Superir, se podrían derivar reclamos relacionados con repactaciones unilaterales de deudas morosas.

Los reclamos derivados serán tramitados de acuerdo a las normas y protocolos internos de cada institución, debiendo el que realiza la gestión informar al consumidor y al organismo que derivó el caso del resultado de dicha diligencia.

Ambas instituciones se comprometen también a intercambiar información necesaria para el cumplimiento de sus objetivos institucionales, especialmente respecto de aquellos mercados que son vigilados por ambas. En caso que alguna de las instituciones tome conocimiento de algún evento relevante que pudiera afectar a los consumidores o instituciones bajo la supervisión del otro, que no se encuentre sujeto a reserva o secreto, deberá evaluar entregar información en general para efectos de coordinación.

La Superir deberá poner a disposición, de forma permanente y actualizada, el acceso a información acerca de las empresas reguladas por la Ley del Consumidor que estuvieran en un procedimiento vigente de reorganización o liquidación conforme a la Ley de Reorganización y Liquidación de activos de Empresas y Personas u otras que se relacionen o se dicten en el futuro.

-¿Cuáles son los desafíos en materia de protección al consumidor?

-El acuerdo significará una protección muy amplia: por un lado, como instituciones vamos a poder agilizar los reclamos de quienes tengan, por ejemplo, problemas en el acceso a productos financieros, por el solo hecho de haberse acogido a algún procedimiento y, en otro aspecto, ambos servicios podremos potenciar una educación financiera conjunta a la ciudadanía, para que estén capacitadas oportunamente en materia de sobreendeudamiento y así puedan tener mejores herramientas para reclamar sus derechos.

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