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Quiebra de una empresa tendrá un proceso más simple

  • Abogados expertos analizaron los cambios a las normativas, que salió del Congreso luego de más de dos años.

 

Mejorar el acceso, reducir los costos y flexibilizar las etapas para disminuir los tiempos de tramitación. Eso es lo que busca la modificación a la ley de quiebras, que luego de más de dos años de trámite en el Congreso, fue despachada.

El propósito de esta propuesta era simplificar algunos procedimientos que son largos y complejos y facilitar los requisitos, tanto a empresas como las personas, para que prefieran acceder a un proceso de reorganización antes que uno de quiebra.

Al respecto, Benjamín Jordán, abogado y coordinador de la Red de Expertoendeudas.cl, la modificación reduce los tiempos de tramitación, y al menos tiene la voluntad de disminuirlos, como también busca bajar los costos del procedimiento concursal de reorganización simplificando los procedimientos. Ahora bien, se establecen nuevas obligaciones para dar certeza jurídica que si bien es importante van contra la intención de agilizar el procedimiento.

“El proyecto si bien dice que beneficia a las personas y empresas tiene diversas estipulaciones que manifiestan una creencia encubierta de prejuicio negativo e inaceptable respecto de los deudores, por ejemplo, establece la posibilidad de los acreedores de presentar un incidente de mala fe, respecto de una persona deudora en que consideren que los antecedentes son falsos o incompletos”, apreció.

Esto es realmente grave, según su punto de vista, ya que muestra una visión totalmente favorable a los acreedores y negativa respecto a los deudores. Por ejemplo, cabe preguntarse ¿por qué tienen los acreedores esa facultad si los certificados que presentan emanan de la CMF o de los mismos acreedores y no los acreedores que tienen un mandato general irrevocable en que solamente ante sí mismos señalan el monto de la deuda de una tarjeta de crédito?

En este mismo sentido, manifestó, se establece a favor de los acreedores un plan de ejecución y reembolso, totalmente contrario a los intereses de las personas deudoras, que no puede exceder a 6 meses e implica de plano el 30% de los ingresos del deudor. En consecuencia, el proyecto se muestra como favorable a las personas y empresas deudoras, pero tiene una visión contraria y negativa respecto de ellos.

A su vez, Diego Messen, abogado y socio de Moraga & CIA, sumó que principalmente la simplificación de los procesos concursares y la rapidez en su tramitación son los temas más positivos de la modificación a la ley. Estos elementos son, sin duda, los pilares fundamentales de la reforma.

“Se pretende que las empresas puedan agotar esta instancia antes de tener que recurrir a la alternativa de liquidación. Se facilita el acceso al proceso de reorganización y se permite una recuperación más eficaz cuando se recurre a aquel.

Respecto a los vacíos que tiene la actual ley, dijo que deberán ser analizados cuando la norma entre en vigencia, momento en el cual podrá dilucidarse si estamos frente a una reforma correcta o no vino a solucionar los problemas de gestión que la ley original tiene.

Por su parte, Sebastián Benedetti, abogado y socio de CBC Abogados, añadió que el procedimiento simplificado de reorganización de micro y pequeñas empresas, que debería permitirles que representen una parte muy importante de la economía, y que es uno de los segmentos más afectados por la situación económica actual, puedan someterse de forma más expedita y eficiente a este tipo de procedimientos. 

“También corresponde destacar que, con este proyecto, las personas naturales que emiten boletas de honorarios podrán someterse al procedimiento de renegociación, lo que termina con una distinción respecto de las personas naturales que no estaban en esa hipótesis. Finalmente, creo que es muy destacable, la creación del incidente de mala fe, que trae de vuelta la importancia de distinguir entre deudores que están de buena o de mala fe en el régimen concursal”, explicó.

Sobre si la iniciativa busca incentivar a las empresas grandes y pequeñas a optar por la reorganización más que por la liquidación, el profesional señaló que el proyecto se centra en facilitar que en las Mipes y en las personas naturales, puedan reorganizar o renegociar sus deudas según el caso. Y en el régimen general de reorganización de empresas, que es aplicable a las grandes empresas, también se hacen algunos ajustes que podrían favorecer que se alcancen acuerdos.