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Sernac informa de derechos y da consejos a la hora de viajar

  • Información fidedigna, itinerarios, horarios, equipaje, contratos y la seguridad son los principales tópicos a considerar.

 

Se viene la época estival y con ello la necesidad de desconexión para muchos trabajadores y sus familias. Son las ansiadas vacaciones, pero para que éstas sean realmente una buena experiencia, es importante tener claro cuáles son los derechos y también deberes de cada viajero, relacionados principalmente con sistemas de transporte y alojamiento, y los consiguientes factores como información veraz, contratos, precios y cumplimiento de itinerarios.

En esa línea, el director del Sernac Biobío, Juan Pablo Pinto, precisó que, como primer deber, el consumidor debe optar por empresas establecidas, reconocidas, en especial al pensar en usar medios terrestres, puesto que, en el caso de las aerolíneas, se trata de empresas ya conocidas y consolidadas, no así en el caso de buses, segmento en que aparecen prácticas ilícitas en época veraniega.

“En general, el mercado de los buses interurbanos es el más reclamado, por eso, lo primero es trabajar con empresas con respaldo, con un representante ubicable, ya que, si se requiere de una indemnización o compensación, esa información es crucial”, destacó Pinto.

Asimismo, subrayó la importancia de cotizar y comprar con tiempo los pasajes.

“Sabemos que estamos en un año complejo en lo económico, lo que no quita el derecho a vacacionar, por eso es tan importante cotizar y reservar con tiempo, para no pagar de más, y evitar sobre endeudarse”.

 

Declaración de artículos

El director del Sernac Biobío, enfatizó en la importancia de estar al tanto de la normativa vigente relacionada a las autopistas concesionadas, a los seguros de viaje, y a las obligaciones que se tiene como consumidor, por ejemplo, lo relacionado a declarar artículos de valor en caso de ser transportados en el equipaje de viaje.

“Las empresas deben disponer de formularios para hacer la declaración de bienes valiosos, para que así las empresas tomen los recaudos necesarios y las cargas lleguen, y no sólo en buen estado, sino también que estén disponibles cuando se solicite”, dijo Pinto.

Si el consumidor ha tenido la precaución de declarar el valor de lo transportado, la empresa deberá responder por el total de la pérdida. Para esto, debe solicitar el formulario de declaración de equipaje, el cual debe estar disponible en los locales de venta de pasajes.

También, la empresa está obligada a devolver, al menos el 85% del valor de su pasaje, si el consumidor lo anula con 4 o más horas de anticipación.

En el caso del equipaje, los consumidores tienen derecho a que éste llegue a destino en buenas condiciones, tal como lo señala la Justicia. Si la empresa extravía su equipaje, deberá indemnizarlo con hasta 5 UTM (alrededor de $230 mil), según el Decreto 212 del Ministerio de Transportes.

Y en el caso de viajar en vehículo, hay una serie de servicios y obligaciones por parte de las autopistas concesionadas, y además, aconsejó Pinto, existen aplicaciones que ayudan a ver las horas peak, y los días y/o horarios de menor costo a la hora de pensar en peajes.

 

Traslado de mascotas y otras consideraciones

Tras la entrada en vigor el pasado 24 de diciembre de la Ley N° 21.398, que reformó diversas normativas, entre ellas, la Ley del Consumidor y el Código Aeronáutico, las personas cuentan con una serie de nuevos derechos al momento de viajar en avión, que incluye el resguardo en las condiciones de traslado de las mascotas.

La norma estableció que las aerolíneas deben establecer condiciones que aseguren razonablemente su seguridad y bienestar.

Además, la nueva ley indica que la aerolínea deberá tomar las medidas necesarias para que los niños menores de 14 años viajen en asientos contiguos a los de al menos un adulto de su familia o de algún adulto incluido en la misma reserva del vuelo. 

Si un consumidor no utiliza un tramo o trayecto de ida y vuelta en un vuelo nacional, detallan desde el Sernac, la aerolínea no podrá negar ni condicionar la utilización del resto de la fracción o tramo, si la persona se presenta oportunamente al chequeo y embarque.

Si un consumidor no puede embarcar un vuelo por causa de una sobreventa de pasajes, tiene derecho a que la empresa le informe por escrito sus derechos, así como las indemnizaciones que les corresponden por la denegación del embarque. 

Asimismo, los consumidores tienen derecho a cambiar un viaje o solicitar la devolución del dinero pagado, si presentan un certificado médico que contenga la razón del impedimento y el período o las fechas entre las cuales se encuentra impedido de viajar en avión. Para ello deberán dar aviso a la aerolínea antes del horario programado del vuelo y deberán presentar el certificado en el plazo de 24 horas desde el aviso.

Hospedajes

Los consumidores deben exigir un contrato por escrito donde queden registradas todas las promesas efectuadas por la empresa. Cabe recordar además que todo aquello ofrecido en la publicidad del arriendo, tiene que estar incorporado en el contrato.

De esta forma los consumidores podrán exigir que le entreguen la información relevante sobre la propiedad, ubicación y características y que todo lo ofrecido se cumpla.

Además, contratando en el comercio establecido podrás reclamar ante cualquier incumplimiento y exigir las indemnizaciones que correspondan. Entre las recomendaciones al momento de firmar un contrato están:

“En lo posible, visite la propiedad. En caso de no ser posible, verifica que ésta exista antes de realizar cualquier pago anticipado, por ejemplo, averiguando que el domicilio sea real, buscando recomendaciones del lugar, entre otros. Recurra a corredoras con domicilio y representantes identificables, e idealmente, que estén suscritas a alguna de las asociaciones de corredores de propiedades”, se aconseja desde el servicio.

¿Qué sucede con las estafas?

La Ley del Consumidor tiene alcance para las relaciones de consumo entre un consumidor final y una empresa. Por ende, si un consumidor contrata un servicio a otra persona en forma particular, esto es, sin que exista habitualidad en el arrendamiento de casas por parte de ella, no podrá exigir que sus derechos sean respetados en caso de incumplimiento a través de esta normativa.

Hay que recordar que la Ley puede hacerse cargo del incumplimiento de las empresas, pero no tiene alcance para quienes se dedican al negocio del engaño. En caso de estafa, los afectados deben hacer la denuncia ante la PDI y Fiscalía para que persigan estos hechos.

“Si se va a quedar en un hostal u hotel, tome en cuenta que el lugar tenga patente municipal, porque a su vez contarían con la autorización sanitaria correspondiente, de lo contrario no podrían funcionar. Estos recintos deben cumplir con los requisitos mínimos que exige el «Reglamento de Hoteles y Establecimientos Similares» del Ministerio de Salud”, expresó Pinto.