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Y 71% de los procedimientos corresponde a quiebra de personas, dejando a la Región en segundo lugar a nivel nacional.
A ocho años de la entrada en vigencia de la Ley de Reorganización y Liquidación de Activos de Empresas y Personas, N.º 20.720, la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) dio a conocer las estadísticas de los Procedimientos Concursales, que en Biobío totalizan 3.867, de los cuales, 2.763 corresponden a quiebras de personas, esto es, un 71% del total de operaciones, y pone a la Región en segundo puesto a nivel nacional. En este acápite, hubo 309 Renegociaciones.
Asimismo, hubo 777 quiebras de empresas (18 Reorganizaciones), esto es, un 20% del total de operaciones.
¿Y cómo es la dinámica a nivel nacional?
Entre octubre de 2014 y el 31 de septiembre de 2022, se han realizado más de 192 mil atenciones ciudadanas y se han iniciado más de 38 mil procedimientos a nivel país.
En total se registran 6.768 (18%) Renegociaciones de Personas Deudores y 31.635 (82%) procedimientos judiciales. Estos últimos corresponden a 22.159 a Liquidaciones de Bienes de Personas Deudoras, 357 Reorganizaciones de Empresas Deudoras y a 9.119 a Liquidaciones de Empresas.
Personas sobreendeudadas
Respecto a las 6.768 Renegociaciones, el 44% corresponde a la Región Metropolitana y el 56% a las otras regiones, lográndose los procesos en un tiempo promedio de tramitación de 73 días hábiles, con un porcentaje de acuerdo por sobre el 92% de los casos.
En la misma línea, el 55% de los Procedimientos de Renegociación corresponden a hombres, mientras que 45% a mujeres.
Después de la Región Metropolitana (2.762), se observa que la región de Valparaíso es la que concentra la mayor cantidad de procedimientos (554), seguido de O´Higgins (474) y Tarapacá (399). En Biobío hubo 309.
La deuda promedio que tienen estas personas, considerando las 16 regiones, es de $ 35,8
millones. Y la mayor concentración se da en el tramo etario que fluctúa entre los 30 a 44 años (55%).
En el detalle, quienes pidieron esta herramienta, el 73% eran trabajadores dependientes, 11% jubilados y 7% trabajadores independientes. Además, cerca del 45 por ciento recibía un ingreso líquido mensual inferior a los $500 mil pesos.
La renegociación implica una serie de ventajas para el deudor y sus acreedores, porque se pacta un nuevo calendario de pago, que le permite al deudor cumplir con sus acreedores de acuerdo a sus reales capacidades económicas. La institución señala que es importante estar informado y actuar oportunamente, ya que más de 6 mil personas han renegociado evitando el eventual embargo de sus bienes.
Referente a la Liquidación de Bienes, de las 22.159 solicitudes, 14.084 (64%) fueron iniciados por hombres y 8.075 (36%) por mujeres. Siendo la tramitación promedio de este grupo 495 días judiciales.
Además, se identificó que a nivel país, las regiones con mayor número de Liquidaciones, en los últimos ocho años son la Región Metropolitana 9.852; Biobío con 2.763; Valparaíso 1.603 y en Maule con 1.134 procedimientos.
Por otro lado, el 55% de las personas a nivel país que se han acogido a este trámite, tenían entre 30 y 44 años al momento de iniciar el procedimiento. Y del total del universo, el 48% declaró estar soltero. En tanto, según su situación laboral el 75% corresponde a trabajadores dependientes.
Requisitos para acogerse a la Ley 20.720
El abogado y Coordinador Regional de la Superir, Javier Ramos, recordó a Trade-News que las personas frente a una situación de sobreendeudamiento y cumpliendo con los requisitos establecidos en la ley, tienen la posibilidad de acercarse a la Superir e iniciar un proceso de Renegociación, que es totalmente gratuito y no requiere de un abogado externo. Además, recalcó Ramos, una vez terminado el procedimiento, las personas pueden solicitar la modificación o eliminación del registro de sus deudas renegociadas o extinguidas al Boletín Comercial o Dicom.
Cabe recordar que los requisitos para acceder a este procedimiento son tener dos o más deudas vencidas por más de 90 días, que superen las 80 UF (2.7 millones aprox.). No haber sido notificado de una demanda, ni haber emitido boletas de honorarios en los últimos 24 meses. En definitiva, es una instancia donde las personas que han utilizado esta herramienta han podido establecer acuerdos en un plan de igualdad con sus acreedores, que en general son bancos, instituciones financieras, y casas comerciales, ajustando los pagos o cuotas a sus ingresos reales, aliviando así su carga financiera, planteó el Coordinador Regional Biobío de la Superir.
“Es importante tener presente que los procedimientos que culminan exitosamente son aquellos en que el deudor tiene una intención real y seria de cumplir con sus obligaciones, para lo cual debe declarar con transparencia su situación financiera, especificando las deudas contraídas y los bienes que posee y ajustar su propuesta de renegociación a su real capacidad de pago”, enfatizó Ramos..
Empresas Deudoras
En cuanto a las empresas, según las estadísticas de la Superintendencia, desde el 9 de octubre de 2014 se han acogido a tramitación 357 solicitudes de Reorganizaciones, correspondiendo principalmente al rubro económico de Comercio al por Mayor y Menor con un 24% (85), seguido de Construcción con un 17% (61) e Industria Manufacturera no metálicas con un 15% (53).
Tomando en cuenta el tamaño de las empresas, los porcentajes señalan que el 60% son Grandes Empresas, un 23% Medianas, un 11% Pequeñas y 6% Microempresas.
Por su parte, el Procedimiento Concursal de Liquidación de Empresas Deudoras, presenta a la fecha 9.119 solicitudes iniciadas, concentrándose el 51% (4.639) en la Región Metropolitana y el 49% (4.480) en el resto del país. Siendo la tramitación promedio de este grupo 551 días judiciales.
Del indicador general se expresa que el 44% corresponde a Pequeñas Empresas, 22,7% a
Microempresas, un 20,6% a Medianas y 12,7% son Grandes Empresas. Y que las sujetas a liquidación de activos pertenecen, esencialmente, a Otras Actividades de Servicios con un 18% (1.641); Comercio al por Mayor y Menor con un 17% (1.514); seguido de Actividades Profesionales, Científicas y Técnicas con un 13% (1.210).
Finalmente, la institución indicó que estima que durante 2023 habrá cambios en la normativa, ya que el Gobierno decidió poner suma urgencia a la iniciativa de la modernización de la Ley 20.720 que permitirá la creación de procedimientos simplificados de Liquidación y Reorganización para Mipes y la eliminación del requisito que impedía a las personas que emiten boletas de honorarios acceder a la Renegociación.
Exceso de competencia y carga tributaria
El abogado de Expertoendeudas.cl, Benjamín Jordán, sostuvo que a partir de los ocho años de la entrada en vigencia de la ley de quiebras hay verdades irrefutables en base a las estadísticas: En primer lugar, dijo, que el procedimiento de liquidación ha sido el preferido tanto por empresas como personas por sobre el procedimiento de reorganización en el caso de las empresas y la renegociación en el caso de las personas.
“Esta primera verdad puede interpretar de muchas formas pero si hacemos el cruce de información del ministerio de economía 8 de cada 10 empresas fracasan durante el primer año, siendo factores determinantes el exceso de competencia y la carga tributaria.”
En segundo lugar, añadió, es una verdad irrefutable el hecho de que gran parte de las quiebras de empresas (40%), son en realidad personas naturales contribuyentes de segunda categoría que emiten boletas de honorarios.
“Esto ha llevado a muchos abogados no expertos en liquidaciones a señalar, equivocadamente, que se debe dejar de ver a las personas que emiten boletas como empresas, pero esto sería un error grave. Lo peor de este error es que ha sido recogido por la mayoría de los proyectos de ley de reforma a la ley 20.720. El problema es que las personas que emiten boletas de honorarios son considerados como empresa no por capricho, sino porque un gran grupo de esas personas tienen trabajadores a su cargo, de modo que, no considerarlos empresa implicaría dejar en desprotección a los trabajadores. El desafío entonces es a abrir más el abanico de expertos a los que se les consulta, y no centrarse solamente en los expertos en reorganizaciones que son la minoría.”