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Comisión de Intereses Marítimos del Senado aprobó nulidad de ley de Pesca

  • Ahora, la moción deberá ser revisada por la Comisión de Constitución antes de ser conocida por la Sala del Senado.

 

Por 3 votos a favor y 2 en contra, la Comisión de Intereses Marítimos, Pesca y Acuicultura respaldó el proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que declara la nulidad de la ley 20657, de Pesca y Acuicultura.

Cabe recordar, que la instancia especializada realizó una serie de sesiones de audiencias, en donde se conoció la opinión de pescadores artesanales, industriales y de abogados expertos constitucionalistas.

Entre los integrantes, existe consenso en la necesidad de que, a la brevedad, se llegue una nueva ley de pesca, que incluya la participación de todos los actores; además, los senadores Fidel Espinoza e Iván Moreira instaron al Ejecutivo a que, en paralelo, envíe una ley corta para solucionar los problemas del sector artesanal. 

 

Mayoría

Los senadores Daniel Núñez, presidente de la Comisión, Jorge Soria y Fidel Espinoza respaldaron la propuesta; mientras que los senadores Alejandro Kusanovic e Iván Moreira votaron en contra.

Durante su argumentación, el presidente de la instancia recordó detalles que involucran a parlamentarios y enfatizó que, ante estos hechos, “se requieren soluciones excepcionales y esta excepcionalidad fundamenta la nulidad. El parlamento tiene el deber de generar un precedente. La nulidad es un acto ético del Congreso”. A su juicio, haber avanzado con una derogación, “mantendría beneficios a Corpesca y habría que indemnizar. El parlamento tiene el deber de generar un precedente”.

El senador Soria fundamentó su voto, señalando que: “en el entendido que, a través del proyecto, se busca un remedio excepcional a un problema también excepcional en nuestro ordenamiento jurídico. (…) Fue una ley aprobada con comprobados vicios de legalidad y constitucionalidad”.

A juicio del senador Espinoza “no podemos obviar que, en aquel entonces, 2013, el parlamento estaba coaptado por ciertos intereses. (…) Necesitamos una nueva a ley armónica, pero responsable; transparente, pero que no sea maximalista”.

 

Tribunal constitucional

Adelantando su “compromiso y buena disposición para avanzar en una nueva ley”, el senador Moreira rechazó la propuesta pues, a su juicio, “hay consenso en el mundo jurídico que el Congreso no puede declarar la nulidad de una ley, esa declaración debe hacerla la justicia o el Tribunal Constitucional, otra cosa hubiese sido que se presentase un proyecto para derogar”. Sin embargo, aclaró que, pese a sus dudas, no recurrirá al Tribunal Constitucional.

Postura similar hizo presente el senador Kusanovic. “Creo que el espíritu de esta ley es tratar de generar un poco de justicia, pero cuando escuchamos a los abogados constitucionalistas no tenemos la capacidad de anular una ley. Al generar una nulidad generamos injusticia, no todas las empresas deben ser castigadas, lo mismo con los miembros del Congreso”. 

En la oportunidad el subsecretario de Pesca, Julio Salas, reafirmó “el compromiso autoimpuesto del de ingresar una nueva ley a más tardar en mayo 2023” y, para ello recordó que el trabajo prelegislativo se inició en abril y los diálogos con la e industrial comienzan el 23 de septiembre.

 

Nulidad

En la sesión del 12 de septiembre, se escuchó a abogados constitucionalistas, quienes se refirieron a la competencia del Congreso de anular o no una ley.

 Al respecto, la directora del Centro de Justicia Constitucional de la Universidad del Desarrollo, Marisol Peña, indicó que una cuestión es el mérito del texto y otra la posibilidad de anular, lo que “no correspondería”, pues, explicó esto sería resorte de tribunales. El Congreso “no goza de potestades para declarar la nulidad de una ley, por muy potente que sea el vicio que se le achaca”.

Maximiliano Ravest, profesor de derecho constitucional de la Universidad Autónoma de Chile, coincidió en el punto y reforzó que “el concepto nulidad es algo que hacen los tribunales de justicia”; además hizo presente las implicancias y efectos patrimoniales.

Postura contraria hicieron presente, los abogados del  de Derecho Público de la Universidad Diego Portales, Domingo Lovera y Matías Guiloff.  

Para Lobera importa “reconciliar la representación con el deber de deliberación, esto demanda apertura deliberativa al diálogo. La nulidad opera como una sanción o una derogación con efecto retroactivo, se trata de vicio sobre principios orientadores donde existió cohecho y soborno, donde hay condenados”.

A juicio de Guiloff “nadie se encuentra mejor situado que el Congreso para evaluar la nulidad. Si el Congreso no pudiera anular sería una paradoja”.

Desde el sector pesquero, en la última sesión se conoció la visión de la Asociación Gremial de Pescadores Artesanales de ; de la Asociación de Industriales y Armadores Pesqueros IV Región (AIP); la Federación de Sindicatos de Trabajadores de de Proceso de Consumo Humano (Festrach); del Sindicato de Trabajadores Interempresas de Tripulantes y Oficiales de Naves Especiales, Nacionales, Extranjeras y Ramos Similares de la Región de Magallanes y Antártica Chilena (Sitoners); y del Sindicato de Armadores y Pescadores Artesanales de Magallanes. 

Fuente: Senado de Chile