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Existe consenso que más allá de los nefastos efectos para afiliados y empleados, éstas deberán cambiar su modelo de negocio ad portas de una reforma a la salud.
El 11 de marzo de se confirmó la quiebra de la Isapre Vida Plena, caso que ha sido levantado por diversos analistas al abordar el contexto actual de las isapres, presionadas por un abultado déficit operacional cifrado por éstas en $73 mil millones en el primer semestre, a lo que se suma las advertencias de las clínicas por el pago de prestaciones, la judicialización por tabla de factores y un entrabado proceso de alza de planes, junto con una ambiciosa propuesta de reforma a la salud anunciada por el Gobierno.
Pero ¿qué pasaría si quiebra una o más isapres?
El abogado de Defensa Deudores Ricardo Ibáñez, explica que actualmente la ley contempla la figura de la Intervención, ante la insolvencia de una Isapre. Así, la Ley obliga a la Superintendencia de Salud monitorear a las isapres en tres indicadores: patrimonio, liquidez y garantía. Cuando no se da cumplimiento a alguno de esos indicadores, se activa un mecanismo de Intervención, destinado a evitar la quiebra de la Isapre.
“Esta intervención consiste en un régimen especial de supervigilancia y control por parte de la Superintendencia, donde la Isapre debe presentar un plan de ajuste en un plazo de diez días. Ese plan puede consistir en un aumento de capital, traspaso de cartera de afiliado, pago de pasivos, cambios en la composición de activos, entre otros, y debe ser aprobado o rechazado por el fiscalizador. Si es aprobado, debe ejecutarse dentro del plazo de 120 días, prorrogable por 60 días más, tiempo en el cual, la Isapre deberá volver a los indicadores normales”.
Si se rechaza, o bien la Isapre no logra cumplir con los indicadores en el plazo, añade Ibáñez, hay dos caminos: si está cerca de cumplir, se le otorga un nuevo plazo; o, en caso contrario, se inicia un proceso de venta. Esa venta puede ser de toda la Isapre (infraestructura, clínicas, trabajadores, afiliados) o sólo de la cartera de afiliados. Le ley regula esa venta, protegiendo los planes de salud de los afiliados.
“De no prosperar la venta, la isapre se debe declarar en quiebra, a través de la Ley de Insolvencia. En ese contexto, los afiliados sin preexistencia, podrá afiliarse a otra aseguradora; mientras que los restantes, sólo podrán hacerlo a Fonasa”
Ahora bien, respecto al futuro de éstas, Ibáñez sostiene que existe mucha incertidumbre.
Futuro depende del rechazo o del apruebo
“Creo que ya tienen asumido que las isapres como tal, desaparecerán, ya sea que gane el apruebo o el rechazo. Lo que cambia es la velocidad de la transición. Si gana el rechazo, podría tomar más tiempo. Estas instituciones tendrán que mudar a otorgar seguros de Salud, lo que evidentemente, constituye otro modelo de negocio”, dice Ibañez.
En tanto, el docente de la Unab, el ingeniero comercial y magíster en Economía Aplicada, Denis Muñoz, recordó que según la asociación de isapres, la situación se volvió crítica en 2021, cuando el déficit fue de $148 mil millones, el mayor registrado por el sistema de en toda su historia. Y en lo que va del primer semestre, ya va en $73 mil millones de déficit adicionales a los anteriores.
Si es que llega a quebrar una Isapre, dijo, generaría un enorme problema para los clientes de estas empresas, los cuales podrían tener complicaciones para acceder a los servicios de salud que normalmente tienen disponibles.
“La isapre cubre las prestaciones de salud de urgencia vital a través de un determinado prestador o red de prestadores individualizados en el plan cerrado o con prestador preferente con los cuales haya convenido el otorgamiento de dicha atención y los procedimientos para acceder a ellos, por lo que el costo para los usuarios puede ser muy alto en caso de quiebra”.
Mercado coludido
Muñoz agrega que como este mercado normalmente funciona coludido, las subidas en el precio de los planes son parte de su manejo financiero. Pero en el marco de la Ley 21.350 publicada en junio de 2021, que puso fin a la potestad que tenían las aseguradoras de alterar a su arbitrio los planes de salud, esto genera actualmente 30 mil demandas acogidas por la Intendencia de Fondos de la Superintendencia, que ya han sido falladas en contra de las prestadoras.
A esto se suma más de 340 mil casos que están presentados en los Tribunales, que están siendo analizados por éstos, y que han tenido fallo en la Corte de Apelaciones, pero no en la Corte Suprema, “por lo cual se les acabo la fiesta a las isapres y a su modo de operar solo con alzas de precios en forma arbitraria”.
Adicionalmente, como efecto de una eventual quiebra, podrían perder su trabajo un número importante de trabajadores y trabajadores, ya que al ser un servicio normalmente son intensivos en el uso de mano de obra.
¿Cuáles son los desafíos?
Para Muñoz, la salud debe ser vista como un servicio público, el cual tiene un acceso universal, ya que la atención médica no puede quedar atada al nivel de ingreso, estima.
“En un país desigual esto profundiza aún más la brecha. En este sentido, al ser un servicio público se puede permitir funcionar con superávit o déficit dependiendo del ciclo económico, sin desestabilizar el sistema en caso que ocurra una crisis económica, permitiendo acceder a los servicios de salud pública a lo largo del tiempo. Además, como la demanda de salud es inelástica (el cliente no reaccionamos ante un aumento de precio), se producen incentivos perversos entre las empresas privadas salud, las cuales se coluden y fijan precios al alza, justamente lo que pudimos ver en el sistema privado de salud en las últimas décadas”.