Por Cristóbal Cifuentes Torres, abogado
Este viernes comenzó un nuevo proceso de declaración y/o pago del Impuesto a la Renta y durante los días previos, el Servicio de Impuestos Internos puso a disposición en su sitio web una propuesta de declaración de más de 3,5 millones de personas naturales y empresas. El periodo de declaración dependerá de si hay pago de impuestos o no. En el primer caso será hasta el 2 de mayo y en el segundo, hasta el 10 de mayo.
Deben realizar su declaración de impuestos: las personas contratadas por más de un empleador, todos lo que hayan emitido boleta de honorarios, los que realizaron el segundo retiro del 10% de su AFP, aquellos que tienen rentas que superen los $19.501.506, los que obtuvieron préstamo solidario en 2020, los socios de empresas que hayan realizado retiro, o bien, se les haya asignado una base imponible, y todas las empresas.
Las personas naturales pagan el Impuesto Global Complementario, que grava todas sus rentas, sea que provengan de su actividad personal, empresarial, de rentas presuntas, etc. Este impuesto es progresivo, ya que grava las rentas de las personas. A mayor renta, mayor es la tasa de impuesto que debe pagarse.
En este impuesto se incluyen rentas de distinta naturaleza: rentas presuntas como las de Bienes Raíces o Transporte. Rentas percibidas, como los retiros que realizan los dueños de las empresas o las rentas que perciben los profesionales. Rentas devengadas, como las que provienen de sociedades de profesionales o de empresas con contabilidad simplificada, afectando a los contribuyentes cuya renta neta global exceda de 13,5 UTA (el valor de la UTA es de 613.572)
Las personas naturales cuentan con diversas franquicias para rebajar su base imponible como lo son depósitos en APV (régimen B), pago de intereses por crédito hipotecarios, escolaridad de los hijos. Además de otras rentas por instrumentos de valores que no se encuentran afectas a impuesto global complementario.
Es preciso señalar también que la retención de quienes emiten boletas de honorarios durante el año, se destina al pago de sus cotizaciones previsionales.
Finalmente, como consejo, siempre es bueno tener control de los ingresos o proyección de ingresos que se puedan obtener durante el año, de manera hacer uso de franquicias tributarias que nos otorga la ley y no encontrar en abril del año siguiente pagando un impuesto indeseado.